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Nicolás Lugo

El 24 de abril, la S.I.C. finalmente otorgó la licencia obligatoria para el medicamento Dolutegravir, un trámite derivado de la declaratoria de interés público realizada por el Ministerio de Salud en octubre del año pasado. Este fármaco antirretroviral esencial para las personas que viven con VIH, es considerado un tratamiento preferente por la OMS, ya que presenta menos efectos secundarios y genera menor resistencia en los pacientes.

Con esta medida, no solo se reducirán los costos del medicamento, sino que también se eliminará una barrera significativa para su uso. Se estima que con el mismo presupuesto con el que se trataba a un solo paciente anteriormente, ahora se podrán atender a más de 30; lo cual representa una medida efectiva para garantizar el derecho a la salud mediante el acceso a medicamentos, especialmente en poblaciones vulnerables y de bajos recursos. Esto marca un precedente sobre cómo el Estado debería manejar las patentes cuando estas suponen una talanquera frente al goce efectivo de derechos humanos.

Sin embargo, no todo es color de rosa. Uno de los principales argumentos en contra de esta medida se basa en la necesidad de fomentar e incentivar la investigación a través de la protección de la propiedad intelectual. Esto ha reavivado el debate sobre la expropiación, un concepto compatible en esencia, ya que ambos se basan en el principio jurídico de la función social de la propiedad. Esto implica poner en una balanza los intereses privados contra el bienestar colectivo, para el caso en concreto el lucro de las grandes farmacéuticas contra el derecho a la salud de la población.

Pero he de decir que la visión de los contradictores a la medida es un tanto conveniente y sesgada, ya que se ha visto cómo en repetidas ocasiones las obtentoras de patente (farmacéuticas) aplican exorbitantes importes a los medicamentos que producen, fijando valores desmedidos a medicamentos y cuyo costo bruto de producción apenas alcanza una mínima fracción de su precio de venta. Las farmacéuticas justifican sus altos precios argumentando que sus costos en investigación y desarrollo son muy altos, mismo argumento mencionado antes, pero ¿qué tan cierto es esto?

Según publicaciones de Mariana Mazzucato, una gran parte de los fondos que se invierten en investigación y desarrollo de medicamentos proviene de dineros públicos, los principales patrocinadores de las investigaciones farmacéuticas son los Estados. Pero a pesar de esto las empresas farmacéuticas ponen dentro de la ecuación todos los factores para fijar un precio de venta donde paradójicamente en muchos casos el comprador es el propio Estado, un negocio redondo con utilidades soñadas.

Es por eso por lo que la medida de declaratoria de interés público y otorgamiento de licencia obligatoria para el Dolutegravir no solo es acertada, sino que incluso diría que es necesaria, ya que garantiza la salud y la vida digna de las personas que requieren de este medicamento, sin ignorar por completo la necesidad de lucro de la empresa. Esto limita el precio a una tarifa razonable en relación con sus costos de producción.

Finalmente, es importante decir que esta medida no puede ser la regla si no la excepción, mal haríamos en pensar que la vía de declaración pública es la indicada para todos y cada uno de los medicamentos, esta alternativa es viable cuando las barreras impuestas al acceso a un medicamento están socavando los derechos y la calidad de vida de los pacientes que dependen de él; pero para poder construir un nuevo sistema de acceso a medicamentos es necesario construir una relación de simbiosis entre el Estado, las farmacéuticas y la población. Un enfoque que busque equilibrar los intereses económicos de las farmacéuticas con el acceso universal y oportuno a los medicamentos, buscando repensar las formas de protección de la propiedad intelectual para avanzar en las metas de justicia social.

ISSN: 3028-385X

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